Ley del Tabaco

Ley del Tabaco, N° 20.105

Modifica la Ley N° 19.419, en Materias relativas a la Publicidad

y el Consumo del Tabaco

Promulgada el 2 de Mayo de 2006

NO FUMAR

El Tabaco contiene más de 4000 químicos diferentes, de los cuales más de 19 son Cancerígenos.

En dos artículos entregaremos información de la entrada en Vigencia de la Ley Antitabaco y del Tabaco en general, como las enfermedades relacionadas, los fumadores de segunda mano y algunas nociones para dejar de fumar.

Prohibición total de fumar en todos los establecimiento de educación (prebásico, básico, medio y superior), bombas de bencina, lugares donde almacenan alimentos, productos inflamables, medicamentos, ascensores, transporte público o colectivo, supermercados, centros comerciales (tiendas, pasillos, patios de comida), teatros y cines, gimnasios, edificios estatales y públicos, terrapuertos y aeropuertos, salvo en patios al aire libre o salas especialmente acondicionadas. En recintos de salud solo se podrá fumar al aire libre.

Prohibición de venta de cigarrillos a menores de 18 años, no existencia de máquinas expendedoras en lugares donde accedan estos menores. No se podrá vender menos de 10 unidades.

Las sanciones a un fumador infringiendo la ley serán de 0,5 UTM. (1 UTM: $31.900). Si reincide en un plazo de un año, se le duplicará la multa.

En Mayo de 2007, bares, restoranes, discotecas, casinos de juego con menos de 100 metros cuadrados deberán optar entre ser recintos para fumadores o no fumadores. Los primeros no podrán dejar entrar menores de 18 años. Los restoranes con más de 100 metros cuadrados que segmenten los espacios, deberán hacer el área de fumadores hermética y con ventilación. En los bares o restoranes el dueño del local, podrá conminar al infractor a cumplir la ley o abandonar el lugar.

En Noviembre de 2007 habrá prohibición total de venta de cigarrillos a menos de 100 metros de colegios y de publicidad a menos de 300 metros de establecimiento educacionales.

En Noviembre de 2007 se prohibirá la publicidad de cigarrillos, excepto en el interior de los puntos de venta. No se podrá ligar el cigarrillo a sorteos y concursos.

Se prohíbe el uso de palabras Light, suaves, ligero en alquitrán o nicotina. La advertencia de los daños a la salud debe cubrir el 50% de la cara frontal de la cajetilla.

¿Como dejar de Fumar?


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